• La cláusula Dahmane

    by  • 4 julio, 2014 • Derecho, Economía, Fútbol, Miscelánea • 3 Comments

    (Escuchando de fondo «If you want mo to stay» de Sly and the Family Stone)

    Llega el periodo estival, y a modo de día de la marmota observamos a dignos presidentes henchidos de orgullo que se travisten de Georgie Dann para sacar su eterna y particular canción del verano “hit” en los medios de comunicación a la hora de hablar de posibles traspasos de uno de sus jugadores referencia: “o cláusula o nada”. El último caso, el de Diego Costa para cuyo devenir les insto a leer el blog que en Eurosport tiene @rubenuria 

    Tal y como se expuso en “Las cláusulas de rescisión y otras chicas del montón”  el uso de dicha modalidad unilateral rescisoria de contrato en el mundo del fútbol es algo residual. El porcentaje de veces que se usa esta figura es nimio sobre el número total de veces que los protagonistas (sobre todo vendedores) dicen que se usa. Y esto es porque, entre otras cosas, en este mundo del fútbol los protagonistas suelen ser personas inteligentes y no orgullosas. Y, si les puede el orgullo, éste queda disipado detrás de una cortina ingente de euros. En el fondo son gestores de Sociedades Anónimas por lo que tienen una responsabilidad con su empresa, que les tiene que impedir el hacer sandeces económicas. En este sentido, el propio Monchi en su entrevista con @quicocanterla decía sobre la venta Rakitic

    Durante esa semana previa, en Twitter leí a gente que debe tener 15 ó 20 másters de negociación. Desde ‘mándalo a entrenar al campo de albero’ y ‘déjalo en la grada’ hasta ‘que se quede aquí y no juegue’. Pero tenemos que ser consecuentes con lo que gestionamos, y esto no es nuestro. Somos gestores de una sociedad anónima donde hay una responsabilidad. Alguien puede decirnos: usted ha dejado escapar veintitantos millones de euros y el jugador se va libre. Algún día alguien en una asamblea nos dirá: ¿Esto? Tenemos que jugar con el interés deportivo, anímico, emocional, pero también con el económico. Este club ha crecido así. Si queremos pelear por los títulos, hay que seguir con esta política. Magos hay pocos.

    Todo esto viene a colación porque como se expuso en el post enlazado, el uso forzado y estricto de la cláusula de rescisión es una situación que no conviene a ninguna de las tres partes por los motivos que allí encuentran. Y uno de ellos (¿cuánto debe valer exactamente el desvincularse?) ha sido reforzado con una reciente sentencia a nivel europeo de un caso que entremezcla los de Bosman y Webster, aunque en sede patria yo le noto el tufillo a los casos de Zubiaurre y Téllez cuando se desvincularon del Athletic y Ponferradina respectivamente.

    (uefa.com)

    Este jugador se llama Mohamed Dahmane, impetuoso delantero argelino de 32 años que tras pasar por más de una decena de equipos franceses, belgas y turcos, desarrolla sus últimos coletazos balompédicos en el CR Belouizdad de su país. Tras marcar nada más y nada menos que 20 goles en la Jupiter Pro League belga en las filas del Mons en la temporada 2006/2007 y ser nombrado mejor jugador, fichó por el Genk donde estuvo solo unos meses debido a su mala relación con el míster, entrenando incluso con el equipo B. En el mercado invernal se desvinculó unilateralmente por el Genk para volver al Mons donde relanzó su carrera hasta el punto de firmar la temporada siguiente por el Brujas, antes de dar picotazos varios por Turquía.

    El caso es que decidió marcharse del Genk como cualquier otro trabajador de otro ramo que quiere cambiar de empresa para mejorar. Imaginemos que un señor tiene un contrato mileurista de un año con una empresa “X”, pero recibe una oferta de una empresa “B” que le pagará 1.200. El señor pide la baja voluntaria y se marcha. En cambio en materia de futbolistas esto no es tan fácil por aquello de la protección de los clubes: en España el RD 1006/85 es quien regula esto. El que quiera irse tiene que pagar lo que pone su cláusula.

    Pero, y me vuelvo a remitir al “Cláusulas de resicisión y otras chicas…”, lo que no puede ser es que la cláusula sea desproporcionada con lo que se cobra. Y es uno de los argumentos para que no se use el 1006/85 de forma estricta casi nunca. Si un jugador gana 500.000 euros al año, no puede tener una cláusula de 50 millones porque un juez la puede calificar de leonina. Esto es lo que le pasó a Téllez, que tenía una cláusula en la Ponferradina de 15 millones de pesetas, que se desvinculó para irse al Alavés y que el juez determinó que, teniendo en cuenta muchas circunstancias (lo que ganaba, que le debían dinero, edad, años de contrato, etc.) la indemnización que debía recibir el conjunto leonés debía ser de 3 millones de pesetas. Aunque hay que decir que el TSJ después revocó al Juzgado de lo Social, este tema puso en guardia a los clubes mostrando empíricamente que la cosa no es tan clara. El caso Zubiaurre (cuya cláusula de rescisión era 33 millones y terminó con Sentencia condenatoria “sólo” de 5) con un peregrinaje jurídico cuasi eterno y con hasta votos particulares en altas instancias, demuestra aun más lo farragoso de la cuestión. Y en el tema fiscal, con las complejas consecuencias que pudiera tener en IVA e IRPF, ni entro.

    Y si expresa el dicho que es mejor un mal arreglo que un buen pleito, pues imagínense si compensa un buen arreglo (un traspaso, que todos saben como se hace) a un mal pleito (que lo suelen ser los de cláusulas de rescisión como vemos) Como los tres -vendedor, jugador y comprador- vamos a salir ganando en el fondo si hacemos traspaso y podemos tener problemas si hacemos cláusula, pues hacemos traspaso con independencia de que ante la opinión pública contemos la película de la cláusula.

    Todo eso se reafirma en el caso de Dahmane. El argelino se marchó del Genk en enero y un juez, basándose en una norma belga del tenor de nuestro RD 1006/85, dijo que la indemnización a pagar era de 36 veces el sueldo pactado ya que le quedaban 3 años de contrato. En cambio, la apelación se ha resuelto por el Tribunal de Amberes determinándose en una reciente Sentencia que Dahmane, como cualquier trabajador, puede cambiar de empresa y que la indemnización no puede ser tan alta. Que pague al Genk el valor pendiente de la temporada en curso (6 meses de sueldo) y vámonos que nos vamos.

    Aunque sea en Bélgica, teniendo en cuenta la globalización del fútbol sobre todo a nivel europeo, imagino que esta Sentencia hará que los clubes se pongan aún más en guardia con el tema de las cláusulas y que intenten llevarla hasta las últimas consecuencias todavía menos de lo que ya lo hacen. 

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    3 Responses to La cláusula Dahmane

    1. 5 julio, 2014 at 8:08 pm

      Curiosa la sentencia del Tribunal de Amberes. Puede crear un precedente peligroso en el mundo del fútbol.

    2. Alvaro
      6 julio, 2014 at 10:41 pm

      Pues sí.

      A mi me parece una Sentencia, tal vez no aplicable a todos los casos, pero sí especialmente interesante en aquellos supuestos de jugadores en rebeldía, peleados con el entrenador y demás situaciones conflictivas.

      Estaremos pendientes a ver si al socaire de la misma se producen otros casos parecidos

    3. Eugenio el de los chistes
      7 julio, 2014 at 6:20 pm

      Interesantísimo, Álvaro. Muchas gracias por esta nueva joyita.

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