• La tercera plaza de la Europa League

    by  • 29 marzo, 2014 • Competiciones UEFA, Fútbol, Sevilla • 11 Comments

    (Escuchando de fondo «Back to black» de Amy Winehouse)

    Nota febrero 2015

    El artículo abajo expuesto es de marzo de 2014, por lo que lo redactado tuvo validez para esas fechas. No obstante, veo que un año después sigue teniendo un continuo flujo de visitas -entiendo- buscando información sobre las plazas europeas de la temporada 15/16. Para ello, recientemente se han publicado dos artículos que les aconsejo visitar. Son este y este.

    Les dejo con el original. Saludos y gracias

    Advertencia previa

    El artículo que a continuación se expone lleva escrito varios días, pero no fue publicado antes por el glorioso tsunami informativo sevillista de las últimas semanas que nos ha tenido absortos. Derivado del tiempo transcurrido y como en liga estamos fortísimos, afortunadamente para nosotros la posibilidad de que quedemos octavos es remota por lo que estimo puede ser de mayor interés en Valencia que en Sevilla. No obstante, ya que las matemáticas tienen abierta la posibilidad y que considero que es una cuestión interesante, procedo a publicarlo.

    Hace poco tuvimos una interesante tertulia tuitera sobre quién ocupará la “tercera plaza” española para disputar la Uefa Europa League (en adelante UEL) de la temporada 2014/2015. Está plenamente asentado en nuestro pensamiento que la debe jugar el séptimo clasificado en la liga, una vez que la final de Copa del Rey la disputarán Real Madrid y FC Barcelona que jugarán Champions League (en adelante CL) en la 14/15. ¿Pero eso es así en todo caso? Imaginemos que el campeón en Turín es el Sevilla o el Valencia y que queda el octavo clasificado en liga. ¿Quién ocupa esa “tercera plaza” por el “rebote” que deja la de Copa del Rey? ¿O tal vez España tendría una plaza más? El Liverpool ganó la Champions en mayo de 2005 y jugó la CL de la 05/06 aun cuando había quedado quinto en su liga. ¿En la UEL podría pasar lo mismo?

    Antes de empezar, una aclaración que aunque redundante me gusta hacer: este blog es de opinión no de información. Algo parecido a cuando se analizó la Sentencia de la Audiencia Nacional condenatoria al Sevilla por el excesivo contrato televisivo. Por tanto, se va a exponer la normativa, analizar precedentes y dictar opinión, abriendo debate si tienen a bien. No eleven nada a definitivo aunque, en este sentido, me van a permitir cierta credibilidad y mi minutito de gloria derivado de que en marzo del año pasado escribimos sobre la extraña posibilidad de jugar Europa League en la 13/14 por los movimientos económicos en los despachos. Y mira donde estamos.

    uefa2

    La situación es la siguiente: España tiene cuatro plazas CL y tres para UEL. ¿Cómo se distribuyen las mismas?

    La Circular 6/2013 de la Real Federación Española de Fútbol, de 8 de agosto, es la que publica la normativa reguladora de las competiciones nacionales. En lo referente al Campeonato Nacional de Liga de Primera División (página 12) dice que

    1. A CL va el Campeón, más los clasificados en segundo, tercer y cuarto lugar

    2. Si la Champions la gana un español que no queda entre los cuatro primeros, esto quedará alterado si la UEFA así lo dictamina

    3. Los clubes que queden por debajo jugarán EL, en las plazas que UEFA le asigne a España para el año 14/15

    Por su parte, en la página 26 in fine, en las disposiciones reguladores sobre la Copa del Rey, se establece que “el club que se proclamé campeón obtendrá el derecho a intervenir en la “UEFA Europa League.

    En resumen, las cuatro de Champions serán para Barça, At.Madrid, Real Madrid y para el que quede cuarto (salvo quimera, el Athletic). Las de UEL para quinto, sexto y campeón de Copa. Pero como el campeón de Copa del Rey -Madrid o Barça- irá a Champions, en principio va el séptimo a UEL. Vemos como en el segundo punto hay una excepción: si el campeón de Champions es español y no queda entre los cuatro primeros, juega Champions al año siguiente -si la UEFA así lo dice, que luego veremos si lo dice-, quedando UEL para 4º, 5º y 6º (esta última plaza supeditada a las clasificaciones ligueras de los finalistas de la Copa del Rey). Pero este último caso no lo tenemos en cuenta este año porque Madrid, Barça y Atleti (españoles vivos en CL), van a jugarla otra vez la 14/15 por su clasificación liguera. Perdón si me está quedando un poco “la parte contratante de la primera parte”, pero a poco que se lea con algo de atención creo que se entiende. Hecho el paréntesis-sandez para desengrasar, seguimos.

    Observamos como esta excepción de que el campeón de CL juega sí o sí al año siguiente -si la UEFA así lo dice, que luego veremos si lo dice- no tiene su reflejo en la situación de la UEL. Es decir: no hay en la Circular 6/2013 disposición similar para el caso de que la UEL la gane un español que por (de)méritos clasificatorios no se clasifique en liga en puestos europeos. Por tanto, en ningún lado se dice que si el Sevilla campeona en Turín y queda octavo, juegue la UEL en la temporada 14/15. ¿Eso quiere decir que si queda octavo y gana la UEL no la juega al año siguiente? Espera, espera. La normativa española establecida en la Circular 6/2013 hay que complementarla con los reglamentos UEFA, que para eso son los organizadores de la competición. Vamos a analizar qué pasa en Champions y qué pasa en Europa League

    a) Reglamento UEFA Champions League

    El actualmente vigente es para el periodo 2012-2015, season 2013-14. El artículo que nos interesa es el 2, el cual en su apartado segundo refleja lo anteriormente comentado: en los países de 4 representantes (como España), a CL van los 4 primeros. Lo interesante es lo establecido en el apartado tercero llamado “titleholder”

    2.03 The UEFA Champions League titleholder is guaranteed a place in the group stage even if it does not qualify for the competition through its domestic championship.

    a) If the titleholder comes from an association entitled to four places in the UEFA Champions League and qualifies for the UEFA Europa League through its domestic competitions, the lowest-ranked club of the association’s UEFA Champions League representatives is automatically transferred to the UEFA Europa League (into the latest possible round where there is a vacancy). In this case, the number of places to which the titleholder’s association is entitled in the UEFA Champions League and the UEFA Europa League does not change.

    b) If the titleholder comes from an association entitled to four places in the UEFA Champions League and does not qualify for the UEFA Champions League or UEFA Europa League through its domestic competitions, the lowest-ranked club of the association’s UEFA Champions League representatives is automatically transferred to the UEFA Europa League (into the latest possible round where there is a vacancy). In this case, the association of the titleholder is entitled to one additional place in the UEFA Europa League.

    No copio y pego para los casos de ligas de menos de cuatro plazas en Champions para no hacer esto eterno. Pero también está regulado.

    No me manejo con la soltura deseada en inglés pero salvo que se me corrijan, podemos llegar a la siguiente conclusión: El Campeón de CL de un año la juega a la siguiente sí o sí. En un país con cuatro plazas Champions (como España) el cuarto en la liga va a la UEL. Hay plaza adicional para ese país si el ganador no entra ni siquiera en UEL por clasificación liguera.

    b) Reglamento UEFA Europa League

    El actualmente vigente es para el periodo 2012-2015, season 2013-14, siendo algo más complejo que el anterior. El artículo que nos interesa es el 2, el cual en su apartado 2.b) dice que en los países con 3 representantes (como España), a UEL van el que gane la Copa y los que sigan en liga a los que van a CL. Hasta ahí, sin problemas y concordante con la Circular 6/2013 de la RFEF. Lo interesante es lo establecido en el apartado sexto llamado “titleholder”. La norma es distinta a la de CL

    Unless the UEFA Europa League titleholder qualifies for the UEFA Champions League through its domestic championship, it is guaranteed a place in the group stage of the UEFA Europa League. If the titleholder qualifies for the UEFA Europa League through its domestic competitions, the number of places to which its association is entitled in the UEFA Europa League does not change. If the UEFA Europa League titleholder does not qualify for either the UEFA Champions League or UEFA Europa League through its domestic competitions, its participation in the UEFA Europa League is not at the expense of the contingent of its association.

    En mi opinión, la redacción del párrafo está confusamente redactada pero se infiere que

    1. Si el campeón de la UEL se clasifica en su liga en puestos Champions, tiene asegurada la presencia en la fase de grupos de la UEL (entiendo, si se eliminara en las primeras rondas de CL).

    2. Si el campeón de la UEL no se clasifica en su liga en puestos Champions, el número de plazas de ese país para la UEL es el mismo. Así ocurrió cuando el Sevilla ganó la de Eindhoven, año que quedó quinto. España tuvo las mismas plazas para UEFA (Sevilla, Español y Celta. Después también jugó Osasuna, rebotado desde Champions)

    3. Si el campeón de la UEL no se clasifica en su liga ni para UEL, “is not at the expense of the contingent of its association”. Una traducción puede ser “me lavo las manos como Poncio Pilatos”.

    ¿Hay precedentes de estos casos?

    1. En Champions League sí. El Liverpool de Rafa Benítez ganó la mítica final de CL de la 2004/2005, quedó quinto en la Premier y jugó CL en la 05/06. ¿Qué pasó ese año? La UEFA “recompuso” los clasificados y por Inglaterra jugaron 5 equipos la Champions. Al Liverpool se le dio una especie de “wild card” y tuvo que jugar desde la 1ª ronda en pleno verano unas previas contra equipos flojísimos. Goleó al Total Network Solutions FC y al Kaunas FC antes de acceder a la tercera ronda (donde entran los cuartos equipos de las ligas importantes)

    2. En UEL el único precedente parecido (no idéntico) lo encontramos en los años 09/10 y 10/11. Intentaré explicarme porque el caso es algo lioso: en la 09/10 el Atleti gana la UEFA y en la liga queda en un pobre noveno puesto. Juega la Final de Copa del Rey contra el Sevilla y la UEFA aclara que, como el Sevilla se clasificó cuarto (para Champions), el Atleti jugará UEFA por ser finalista de Copa y no por haber ganado la UEL anterior.Por tanto, el Villarreal que quedó 7º no jugaría en Europa al año siguiente. No hay plaza de más para España. Aquí se puede ver

    En cambio ustedes podrán ver como el Villarreal sí jugó en UEFA en la 10/11. De hecho, llego a semis donde cayó ante el Oporto, que finalmente fue el Campeón. Pero eso fue porque al Mallorca no le dieron Licencia UEFA y por tanto “corrió turno”. Es decir: ese año quedaron Mallorca, Getafe y Villarreal como 5º, 6º y 7º respectivamente pero, al no tener el equipo bermellón licencia UEFA por estar en concurso de acreedores, a estos efectos es como si el Geta fuese 5º y el Villarreal 6º. Y el tercer clasificado para UEFA fue el At.Madrid, como finalista de la Copa ya que su rival jugaba Champions.

    Este precedente debemos cogerlo con pinzas ya que, por un lado, estaba bajo la normativa del periodo 2009/2012 (ahora estamos en el 2012/2015) y, por otro, el caso no es exactamente el mismo. Pero puede servir para ver por donde pueden ir los tiros.

    Conclusión

    Si el Sevilla (o el Valencia) ganan la UEL y quedan el octavo en la liga, no jugarán en Europa la 2014/2015 ya que el Reglamento UEL vigente se remite indirectamente a cada país. Y en el nuestro, la Circular 6/2013 de la RFEF entiendo que podría haber regulado sobre el particular, pero no lo ha hecho. Tenía la competencia para decidirlo pero, queriendo o no, no lo ha normado. A ello súmale que en un caso parecido, el campeón de la Competición no jugó la siguiente por ello. Así que, como in claris non fit interpretatio, si Valencia y Sevilla quieren estar la temporada venidera en competición europea deberán quedar entre los siete primeros sin importar, a estos efectos, quien gane en Turín.

    No obstante lo anterior creo que la regulación del “titleholder” de la CL es mucho más clara que en la UEL porque ya tuvieron el problema. Es decir: cuando pasó lo del Liverpool, aprovecharon para aclarar qué pasaba en el caso que el Campeón no se clasificara. Sin embargo, este caso jamás pasó en UEL por lo que no se han visto en la “necesidad” de aclararlo de forma positiva. En mi opinión es un grave error que estimo debe ser subsanado, aunque ya no creo que lo hagan porque en el periodo 2015 cambia las normas y entre otras cuestiones, el campeón de la UEL parece que jugará directamente en CL y el campeón de Copa doméstica no se clasifica por ello para UEL.

    No obstante lo no obstante, no descarto que, llegado el inédito caso de que el Campeón de la UEL no se clasifique para Europa ni por posición liguera ni por Copa del Rey, UEFA actuaría como hizo en su día con el Liverpool: wild card, recomposición de los 193 clasificados, y vámonos que nos vamos. Salvo que acuda a empresas mayores (clasificación Champions), el Rey debe perder su cetro en el campo de batalla.

    Fuentes: rfef.es y uefa.com

    Muchas gracias a la imprescindible ayuda de @ShumyAgain y a la ilustración de @adiazphoto

    Voto particular: como si esto fuera una Sentencia, hago constar que el amigo @ShumyAgain, que me ha ayudado en la confección del post, está en desacuerdo conmigo. El piensa que lo de “Unless the UEFA Europa League titleholder qualifies for the UEFA Champions League through its domestic championship, it is guaranteed a place in the group stage of the UEFA Europa League” implica que el titleholder juega en Europa el año que viene sí o sí. De hecho, el Atleti en la 10/11 tuvo los privilegios del campeón ya que pasó a fase de grupos sin previas de ningún tipo.

    Adenda post post
    Dijo una vez Benjamín Disraeli (escritor y primer Ministro Británico) que cuando necesita leer un libro, lo escribe. Esa es la filosofía de la que doto a esta casa donde, para saber de algo, se lanza el anzuelo (vía artículo) y mediante twitter o los comentarios se termina modulando.
    Yo quería saber qué pasaba con la UEL en la 14/15 teniendo en cuenta la situación actual. Y para leer ese libro, me puse a escribirlo.
    Para ir cerrando, dos conclusiones:
    1- A la Europa League el año que viene irán los clasificados en los lugares 5, 6 y 7. Sí o sí.
    2- Si el campeón de la UEFA Europa League queda entre los 7 primeros, no pasa nada ya que sería uno de los tres que iría a la UEL. Si no queda entre los 7 primeros (tal y como está la cosa, el Valencia tiene muchas papeletas de que sea así), la opinión mayoritaria (y por tanto lo normal es que acertada) es que la norma es clara en el sentido de que serían 4 los equipos españoles que disputarán la 14/15: los del 5 al 7 más el Valencia (si no queda entre los 8 primeros). El «verso suelto» soy yo que no veo eso tan claro con la norma por delante aunque, como apunté en el post, llegado el supuesto dudo mucho que no se articulase un vericueto para que el titleholder defienda su campeonato en el césped.
    Lo importante a estos efectos y para nosotros como sevillistas, es que, en todos y cada uno de los supuestos «contemplables» desde hoy a final de temporada, el séptimo jugará UEL.

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    11 Responses to La tercera plaza de la Europa League

    1. Santiago Mora
      29 marzo, 2014 at 11:20 am

      El cuarto va a la Champions, ¿no?, pues ya sé todo lo que tenía que saber 🙂

    2. 29 marzo, 2014 at 1:40 pm

      No me gusta eso de que el Athletic va a jugar la Champions salvo quimera. Muy poco optimista para ser tu, Álvaro 😛 Creo que si esta jornada recortamos puntos a los vascos, tenemos opciones de pelearle el cuarto puesto.

      Sobre la clasificación a UCL, creo que en el caso del Liverpool fue así, ganó la Champions pero no se clasificó. La UEFA argumentó que debía jugarla para tener opción de defender título.

      Yo pienso como Shumy. El que gane la Europa League, tendrá la opción de defender título.

    3. Cornelio
      29 marzo, 2014 at 2:55 pm

      Mi interpretación del 2.06 del Reglamento de la UEFA Europa League.
      El “titleholder”, es el defensor del título, o lo que es lo mismo el campeón de la temporada anterior.
      Si se clasifica en su liga para Champions, va a la Champions, como ocurrió con el Sevilla campeón de la UEFA 2007 en Glasgow, era el “titleholder”, pero al quedar tercero en liga, jugó la 2007/2008 en CL. Como mal menor, si se es cuarto, en el caso de España, y se pierde la previa CL, se tiene asegurada una plaza en la fase de grupos, lo cual no tendría ningún aliciente. Esto va encaminado a que el campeón de la UEL fuera un escocés. Si pierde la pierde la primera previa de CL no iría a la fase de grupos de UEL, y de esta forma lo tiene asegurado.
      Si el “titleholder”, con su federación, obtiene plaza UEL, pues todos en paz y seguimos. Fue el caso del Sevilla en 2006. No consiguió una extra para España.
      El tercer apartado es si el “titleholder” no consigue plaza en su federación ni para CL ni para UEL, como podría ser el caso del Valencia. Lo que el 2.06 advierte es que juega la UEL, pero, además que su plaza no será de las del “contigente” de su federación, es decir, que las tres para la RFEF no se tocan. En los anexos, con los calendarios, el campeón anterior aparece con las siglas TH y aparece con el número 1 de los que tienen plaza en la fase de grupo de la UEL.
      Resumiendo, tal y como está hoy la clasificación, el acceso a la UEL sería de la siguiente forma:
      5º Sevilla, F.C., directo a fase de grupos.(Valencia, en la presente temporada)
      6º R. Sociedad, una eliminatoria previa, a mediados de agosto (Betis, esta temporada)
      7º Villarreal, dos previas, finales julio o primeros agosto /(Sevilla este verano).
      Si el Valencia es campeón, irá, además de estos tres, a la fase de grupos.

    4. 29 marzo, 2014 at 9:17 pm

      Con independencia de que no coincidamos en las conclusiones (como te dije a modo de coña que incluyeras en el artículo ;P), lo cierto es que es digno de destacar una vez más la labor de investigación para buscar precedentes y artículos que ayuden a hacernos una idea sobre un acontecimiento futuro.

      En cualquier caso, espero que no nos haga falta saber quien tenía razón porque ganemos la UEL y nos clasifiquemos para competición europea por vía directa en liga. Será mejor para todos.

      Saludos.

    5. Alvaro
      29 marzo, 2014 at 10:23 pm

      Muchas gracias a todos.

      Sois tres los que pensáis distinto a mi y con argumentos no menos sólidos que los míos. Por tanto, lo normal es que yo esté errado. No obstante sigo pensando igual.

      La clave la veo en que pensáis que la situación en Champions y en Europa League es la misma: el campeón va. Pero, si es así ¿por qué la regulación del titleholder es tan distinta en uno y otro reglamento? ¿Por qué la regulación de la UEL no lo dice claro como la otra que habla expresamente de «if it does not qualify for the competition through its domestic championship»?

      No sé, Corni. La explicación tuya del «contingente» de la Federación puede ser, pero no me termina de convencer. Para explicar si hay plazas extras o no, el reglamento de Champions es super escrupuloso y detallado. No me pega que se resuelva esto con una simple frase. En cuanto a lo del Anexo es cierto que es así, pero si el Titleholder va a Champions por clasificación liguera, el Anexo hay que retocarlo. Por tanto, no es tautología.

      El sentido común me invita a pensar como vosotros: si el Valencia queda del octavo p’abajo), España tiene 4 plazas de Europa League. Pero la confusa redacción de la norma me plantea muchas dudas.

      Gracias por los comentarios

    6. Cornelio
      29 marzo, 2014 at 11:05 pm

      El último punto y seguido del punto 2.06 del Reglamente de la UEFA Europa League no creo que ofrezca dudas:

      2.06
      “If the UEFA Europa League titleholder does not qualify for either the UEFA Champions League or UEFA Europa League through its domestic competitions, its participation in the UEFA Europa
      League is not at the expense of the contingent of its association.”

      «Si el defensor del título de la UEFA Europa League no se clasifica para la CL o la EL en su competición doméstica, su participación en la EL no dependerá del contingente de su federación.»

      Su participación no dependerá, es decir que participa.

      No dependerá de su federación, es decir que no es uno de los tres españoles.

      En la tabla de acceso, los TH tienen plaza reservada en la fase de grupos.

    7. Cornelio
      29 marzo, 2014 at 11:54 pm

      Otro detalle.
      En la noticia en la que la UEFA comunica las principales novedades para el ciclo 2015/18 se dice:

      «Further changes were made to the access list, whereby, in principle, all associations will now have a maximum three teams entering the UEFA Europa League. In addition,»

      Es decir que, la futura modificación limitará en tres el número de equipos por Federación en EL, dando a entender que ahora puede haber más de tres, La única forma posible es los tres de la federación más el campeón.

    8. 30 marzo, 2014 at 2:40 am

      Yo opino igual que Cornelio. Esto ya se planteó otra temporada y si el Valencia queda fuera de los siete primeros y gana la UEL van cuatro españoles. Si queda de los siete primeros y la gana irían sólo tres.

      Lo de la Champions es que digamos hay tope de plazas para un país, cuatro, pero en UEL no hay tope. Te otorgan unas fijas según tu ranking (para España son tres) pero luego pueden ser más (una extra por Fair Play, campeones de la competición o caídos de las previas de Champions).

    9. Alvaro
      30 marzo, 2014 at 3:19 pm

      A/A Cornelio. No es esa la única forma. 3 equipos son anualmente invitados por Fair Play Financiero, como bien dice Jose MME. Inglaterra o España se han llevado alguna.

      A/A José MME. Me gustaría que me dijeras cuando se planteó. Yo he estado mirando y no lo he encontrado. De ser así, evidentemente sería decisivo.

      He estado mirando. Y la Liga Europa 2010/2011 empezó con 52 equipos. A los 26 que ganaron, se le sumaron 54, etc. Varias rondas después se llegó a fase de grupos: 37 clasificados + 10 de CL + el At.Madrid (campeón de la anterior)

      En la 2011/2012 empezaron 50. A los 25 que ganaron, les sumaron 55. Etc. Varias rondas después se llegó a fase de grupos: 38 clasificados + 10 de CL. El Oporto (campeón de la anterior) estaba en Champions.

      Es decir: cada año, dependiendo si el campeón anterior está o no, cambian los cruces, emparejamientos previos o el número de equipos. El anexo 1 termina siendo retocado si hace falta

      Vuelvo a repetir que seguramente será como decís y yo soy el errado. Pero os mentiría si digo que lo veo tan rotundo como pasa en Champions

    10. 31 marzo, 2014 at 9:29 am

      Querido Álvaro,

      me planteas dos problemas serios en estos momentos. Uno llevarte la contraria a ti. La otra llevarsela a tu traductor.

      1.- Caso Liverpool. El Liverpool jugó la Champions el año siguiente a ganarla porque le cedieron la plaza del campeón gales (o norirlandés). La cuestión es que como ese campeón tenía el coeficiente más bajo, pese a ser el campeón tuvo que entrar a competir desde la primera ronda previa (algo así como a principios de Julio). UEFA dejó la decisión en manos de la Federación Inglesa y los ingleses eligieron al que se había clasificado por la Premier, dejando fuera al Liverpool. Hubo que tirar de decisión salomónica (y supongo que darle algo de cariño al que cedió su plaza). El año siguiente cambió la normativa para que el campeón tuviese derecho a repetir.

      2.- Veo 2 errores en tu traducción del artículo 2.06 de reglamento de la UEL.

      a) En la primera frase lo que dice es que el campeón tiene garantizada la presencia en la fase de grupos salvo que se clasifique para la Champions (Unless the UEFA Europa League titleholder qualifies for the UEFA Champions League through its domestic championship). Por tanto no hay muchas dudas.

      b) Lo que dice en su última frase (tu punto c) no es que se lava las manos. Al contrario. Lo que dice es que el campeón va y no lo hace a costa del cupo de su federación ( its participation in the UEFA Europa League is not at the expense of the contingent of its association). Por tanto, el cupo de tres se mantiene invariable (5º, 6º y 7º) y además va el campeón si fuesen Valencia o Sevilla y no se clasificaran del 4º al 7º.

      Por tanto, mi conclusión es que la UEFA no se remite a la federación del que gane (además con plena voluntad ya que el caso Liverpool les causó un problema serio por hacerlo) y el campeón vuelve sí o sí, con plaza extra para el país del campeón si no ocupa plaza europea.

      Saludos y felicidades. Por el artículo también, aunque no comparta tus conclusiones.

      Un abrazo

      Carlos

    11. Champier
      2 mayo, 2014 at 6:48 pm

      Aún recuerdo la cacicada de la temporada 99-00, cuando privaron al Real Zaragoza de disputar una merecidisima Champions.

      http://es.wikipedia.org/wiki/Primera_Divisi%C3%B3n_de_Espa%C3%B1a_1999/2000

      Qué pena…

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